Editora: Leticia Barrionuevo (Universidad de León, España)
Contribuciones incorporadas al Glosarium BITri: L. Barrionuevo (feb.2009)
(In. open access, Fr. accès ouvert, Al. offener Zugang) Para definir el concepto de Open Access nos remitiremos a tres declaraciones, la de Budapest, Bethesda y Berlín, que han sido tomadas como referentes y de las cuales es consecuencia la definición conocida como BBB del acceso abierto. La Budapest Open Access Initiative (BOAI) de febrero de 2002 señala que “por acceso abierto a la literatura (científica), entendemos su disponibilidad gratuita en Internet, para que cualquier usuario la pueda leer, descargar, copiar, distribuir o imprimir, con la posibilidad de buscar o enlazar al texto completo, recolectar los artículos para su indexación, pasarlos como datos para software o utilizarlos para cualquier otro propósito legítimo, sin más barreras financieras, legales o técnicas que aquellas que supongan acceder a Internet. El único límite a la reproducción y distribución de los artículos publicados y la única función del copyright en este marco, no puede ser otra que garantizar a los autores el control sobre la integridad de su trabajo y el derecho a ser reconocido y citado”.
La Declaración de Bethesda sobre Publicación de Acceso Abierto de abril del 2003 añade que “para que un trabajo sea de acceso abierto, tiene que cumplir dos condiciones:
1. El/los autor/es y el/los propietario/s de los derechos de propiedad intelectual otorguen a los usuarios un derecho libre, irrevocable, universal y perpetuo de acceso y licencia para copiar, utilizar, distribuir, transmitir y presentar el trabajo públicamente y hacer y distribuir obras derivadas, en cualquier soporte digital para cualquier finalidad responsable, sujeto a la apropiada atribución de la autoría, así como el derecho de hacer una pequeña cantidad de copias impresas para su uso personal.
2. Una versión completa de la obra y todos los materiales suplementarios, incluyendo una copia de los permisos citados anteriormente, en un formato electrónico estándar apropiado se depositará de forma inmediata a la publicación inicial en al menos un repositorio en línea apoyado por una institución académica, una sociedad de intelectuales, una agencia gubernamental, o cualquier otra organización debidamente establecida que persiga facilitar el acceso abierto, la distribución sin restricciones, la interoperabilidad y el archivado a largo plazo”.
Por su parte, la Declaración de Berlín sobre el Acceso Abierto al Conocimiento en Ciencias y Humanidades, de octubre de 2003, ratifica todo lo anterior y aporta la perspectiva más teórica afirmando que “nuestra misión de diseminar el conocimiento será incompleta si la información no es puesta a disposición de la sociedad de manera rápida y amplia. Es necesario apoyar nuevas posibilidades de diseminación del conocimiento, no sólo a través de la manera clásica, sino también utilizando el paradigma de acceso abierto por medio de Internet. Definimos el acceso abierto como una amplia fuente de conocimiento humano y patrimonio cultural aprobada por la comunidad científica. Para que se pueda alcanzar la visión de una representación del conocimiento global y accesible, la Web del futuro tiene que ser sustentable, interactiva y transparente. El contenido y las herramientas de software deben ser libremente accesibles y compatibles”.
Existen otras muchas definiciones de acceso abierto, así por ejemplo, Steven Harnard, considerado uno de los fundadores de la iniciativa, afirma “mi definición de Open Access es la misma que la de la Declaración de Budapest: es dar acceso sin restricciones y a través de Internet a los textos completos de la literatura científica ya revisada. Aunque esta definición omite dos adjetivos importantes, inmediato y permanente” (Research Information, julio 2006).
Robert Terry de la Wellcome Trust, la institución privada que más invierte en investigación médica en el mundo, ofrece su visión particular sobre el acceso abierto: “nosotros tenemos las copias digitales de los trabajos y damos acceso a los mismos a todo el mundo, sin restricciones a través de archivos o repositorios institucionales. Todo investigador que reciba ayudas de la Wellcome Trust tiene que depositar en el PubMed Central o UK PubMed Central una copia digital de sus trabajos, en menos de seis meses desde su publicación”. Con esta aportación, nos damos cuenta de la política clara que tiene la agencia de financiación en relación al acceso abierto de la investigación (Research Information, julio 2006).
Martin Richardson, director de Oxford Journals, division de Oxford University Press, opina “nuestra definición de open access es accesibilidad online de las publicaciones, siempre sin coste alguno para los lectores. El acceso abierto para mí es mucho más amplio si los lectores no tienen que pagar”. De esta forma justifica el servicio de pago por publicación que está ofreciendo su editorial y contesta a la eterna pregunta de ¿quién paga en el Open Access? (Research Information, julio 2006).
Entre opiniones tan diferentes, no podía faltar la de algún gigante editorial, que lógicamente se erigen como la oposición más fuerte ante esta iniciativa. Michael Mabe, que trabajó durante siete años como director de relaciones con los investigadores en Elsevier alega que “dar una definición es el principal problema del Open Access. En principio significa disponibilidad para todo el mundo en la WWW. Pero muchos investigadores creen que están accediendo a documentación en abierto o a revistas open access y en realidad no es así. El acceso es posible simplemente porque la biblioteca paga por esas suscripciones” (Research Information, julio 2006). Lo que Michael Mabe quiere ratificar es, por una parte, que en la mayoría de los casos los investigadores no se plantean porqué pueden visualizar los textos completos, lo único que quieren es acceder a los mismos. Y por otra, que por mucho que se fomente el acceso abierto, y las editoriales asfixien con sus precios, las bibliotecas van a seguir pagando suscripciones.
Referencias
- Budapest Open Access Initiative (2002) [En línea] <http://www.soros.org/openaccess/> [Consulta: 03/02/2009]
- Declaración de Berlín sobre el Acceso Abierto al Conocimiento en Ciencias y Humanidades (2003) [En línea] <http://www.zim.mpg.de/openaccess-berlin/berlin_declaration.pdf> [Consulta: 03/02/2009]
- Declaración de Bethesda sobre Publicación de Acceso Abierto (2003). [En línea] <http://www.earlham.edu/~peters/fos/bethesda.htm> [Consulta: 03/02/2009]
- HARRIS, S. (2006). Consensus is difficult in Open-Access debate [En línea] Research Information <http://www.researchinformation.info/rijunjul06openaccess.html> [Consulta: 03/02/2009]
Glossarium BITri
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marzo 9, 2010 at 12:23 pm
Hace unos días aparecía en prensa el Borrador de Anteproyecto de la Ley de la Ciencia y la Tecnología.
Haz clic para acceder a Borrador_ley_ciencia_1.pdf
Destacar los artículos que hablan sobre el Acceso Abierto y su posible uso para la evaluación de los investigadores:
Los agentes del Sistema Español de Ciencia y Tecnología impulsarán el
desarrollo de repositorios, propios o compartidos, de acceso abierto a
las publicaciones de
su personal de investigación.
2. Los investigadores cuya actividad investigadora esté financiada
íntegramente con fondos de los Presupuestos Generales del Estado harán
pública una versión
digital de la versión final de los contenidos que les hayan sido
aceptados para publicación en publicaciones de investigación seriadas o
periódicas, tan pronto
como resulte posible, pero no más tarde de seis meses después de la
fecha oficial de publicación.
3. La versión electrónica se hará pública en repositorios de acceso
abierto reconocidos en el campo de conocimiento en el que se ha
desarrollado la
investigación, o en repositorios de acceso abierto institucionales.
4. La versión electrónica pública podrá ser empleada por las
Administraciones Públicas en sus procesos de evaluación.
5. Lo anterior se entiende sin perjuicio de los acuerdos en virtud de
los cuales se hayan podido atribuir o transferir a terceros los derechos
sobre dichas
publicaciones, y no será de aplicación cuando los derechos sobre los
resultados de la actividad de investigación, desarrollo e innovación se
encuentren protegidos
por un título de propiedad industrial.
marzo 11, 2010 at 5:15 pm
En general me parece una fantástica medida y bien necesaria para la sangría a la que te referías en tu contribución al Encuentro en León de 2008. ¿Emana de alguna directiva europea o medida supranacional?
¿El punto 4, puede entenderse en el sentido de que se le otorgará un valor que hasta ahora no se le daba a no ser que se demostrase F.I.?
¿No podría burlarse 2, en caso de recibir la más mínima cofinanciación?
marzo 12, 2010 at 12:53 pm
¿Emana de alguna directiva europea o medida supranacional? Sí que existen un montón de políticas e inciativas a nivel europeo que avalan el OA.
¿El punto 4, puede entenderse en el sentido de que se le otorgará un valor que hasta ahora no se le daba a no ser que se demostrase F.I.? Eso sería lo perfecto!!!. Además, sería la única forma de que el autoarchivo en depósitos abiertos y las publicaciones OA adquirieran mayor relevancia.
¿No podría burlarse 2, en caso de recibir la más mínima cofinanciación? Mmmmm, pues como el dicho quién hace la Ley, hace la trampa…
enero 18, 2013 at 10:31 pm
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